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Revisoría Fiscal y Auditoría

para fortalecer el control y el cumplimiento

Aseguramiento razonable para apoyar la toma de decisiones y mejorar la gestión del riesgo

Los servicios prestados están dentro de la seguridad razonable (no absoluta), según el alcance acordado y las Normas Internacionales de Auditoría (NIAS).

Nuestros Servicios

Somos una organización de profesionales, con casi 10 años de experiencia, autorizada por la Junta Central de Contadores, que busca apoyarlo con cualquiera de nuestros servicios.

Auditoría Financiera

Por proyecto Para empresas

Revisión con evidencia para decisiones informadas y control de riesgos.

  • Realizado bajo NIAS
  • Alcance definido por proceso y plan de trabajo
  • Hallazgos priorizados, con soportes y recomendaciones.
  • Informe final con trazabilidad y cierre

Cotización a medida

Implementación NIAS

Por proyecto Para contadores

Asesoría para cumplir y documentar con metodología NIAS.

  • Estandarización de procesos y control de calidad
  • Plantillas y papeles de trabajo modelo
  • Capacitaciones y acompañamiento de adopción
  • Sin conflicto de interés

Cotización a medida

¿Qué aporta Auditas
a su empresa?

Claridad para fortalecer el control, el cumplimiento y la gestión del riesgo.

  • Control documentado

    Alertas y observaciones documentadas para facilitar el análisis interno.

  • Mayor claridad para la administración

    Hallazgos con soporte y trazabilidad para apoyar la revisión y toma de decisiones.

  • Observaciones orientadas a la gestión

    Información relevante para facilitar el seguimiento de situaciones identificadas.

  • Comunicación

    Informes con claridad transversal para los distintos niveles de decisión.

  • Metodología conforme a las NIAS

    Trabajo planificado, documentado y ejecutado con enfoque técnico.

Trayectoria
profesional del equipo

Nuestro equipo reúne más de 20 años de experiencia acumulada en distintos sectores. Esta trayectoria nos permite comprender riesgos, procesos y necesidades de control, y abordar cada servicio con criterio técnico, documentación y una visión alineada con los retos de la administración y los órganos de dirección.

Organizaciones que han formado parte de la trayectoria profesional del equipo.

Así inicia el proceso

Seleccione cada paso para conocer el detalle del proceso.

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Solicitud de información

Su empresa nos comparte el servicio de interés y los datos iniciales de contacto.

Preguntas Frecuentes

Depende del tipo societario y del tamaño. Están siempre obligadas las sociedades anónimas (S.A.) y las sucursales de compañías extranjeras. Las S.A.S. deben tenerlo si al cierre del año anterior superaron 5.000 SMMLV en activos brutos o 3.000 SMMLV en ingresos brutos.

Actúa como un control independiente que protege a los socios, a la empresa y a terceros. Evalúa que las operaciones se ajusten a los estatutos, dictamina los estados financieros, revisa el control interno y verifica el cumplimiento tributario y legal. Su alcance no es solo financiero: abarca también la gestión administrativa y el cumplimiento normativo integral.

No existe tarifa legal fija. El honorario depende del perfil, tamaño y complejidad de la empresa, y se pacta generalmente como honorario mensual mediante contrato de prestación de servicios. Contáctanos para recibir una propuesta a la medida de tu empresa.

No. Son roles distintos e incompatibles en el mismo profesional. El contador elabora la contabilidad; el revisor fiscal la fiscaliza y dictamina de forma independiente. El revisor no registra transacciones ni prepara estados financieros: evalúa si lo que el contador hizo es correcto, razonable y cumple con la normativa. Tener claridad sobre esta distinción garantiza que cada rol aporte su valor real.

Esta incompatibilidad aplica también si la firma que lleva tu contabilidad pretende ejercer la revisoría fiscal bajo otra razón social: si los socios de ambas firmas se cruzan o comparten vínculos económicos, la independencia queda comprometida. La Junta Central de Contadores se ha pronunciado reiteradamente en contra de esta práctica (Circular Externa 33 de 1999), con fundamento en el artículo 50 de la Ley 43 de 1990, que exige que el revisor fiscal esté libre de cualquier vínculo que afecte su objetividad. Quien dictamina debe ser completamente ajeno — en lo profesional y en lo económico — a quien elaboró los registros.

No. Aunque comparten técnicas de revisión, son servicios fundamentalmente distintos. La revisoría fiscal es una figura de origen legal, elegida por la asamblea de accionistas, con alcance integral y cuyos dictámenes tienen fe pública ante el Estado y terceros. La auditoría externa es un servicio contractual y voluntario, contratado por la administración, con un alcance específico definido entre las partes. Entender esta diferencia te ayuda a saber exactamente qué necesita tu empresa.

Idealmente antes del inicio del período que se va a fiscalizar, o en la primera asamblea del año. Un error frecuente es nombrarlo en diciembre «para cumplir el requisito»: un revisor que no estuvo activo durante el año no puede dictaminar ese período válidamente. El nombramiento además debe inscribirse en la Cámara de Comercio para tener efectos ante terceros. Si tu empresa necesita nombrar revisor fiscal, el momento de actuar es ahora.

Los riesgos son concretos: sanciones de la Superintendencia de Sociedades, dificultades para acceder a créditos con entidades financieras que exigen el dictamen, problemas en licitaciones, y mayor exposición a fraudes sin un control independiente. Ciertos actos societarios también pueden ser cuestionados si no contaron con la revisión del cargo. Regularizar la situación cuanto antes es siempre la mejor decisión.

No, y la diferencia es relevante. Ante la DIAN, la Superintendencia de Sociedades y demás entidades del Estado, el único dictamen con plenos efectos legales y fe pública es el del revisor fiscal inscrito — su firma respalda la información de la empresa frente al ordenamiento jurídico colombiano con una responsabilidad que ningún otro servicio de aseguramiento equipara.

El informe de auditoría externa, en cambio, es el documento de credibilidad financiera más solicitado en el mundo empresarial privado: es requerido en procesos de crédito, licitaciones, due diligence previo a inversiones o adquisiciones, y reportes a casas matrices o aliados extranjeros. No reemplaza al revisor fiscal — lo complementa cuando la empresa necesita una opinión independiente sobre un alcance específico o ante audiencias distintas al Estado.